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BANDERA Y ESCUDO HERALDICO

 

Fecha de la bandera y el escudo heraldico

1 de agosto de 2002, de la Secretaría General Técnica, de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se da publicidad al Acuerdo de 18 de julio de 2002, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Escudo Heráldico y Bandera Municipal de Fuente el Saz de Jarama.


Como se obtuvo el escudo heraldico y la bandera
El Ayuntamiento de Fuente el Saz de Jarama presentó un proyecto de escudo heráldico y bandera municipal el 28 de abril de 1993, dicho proyecto fue informado por los Asesores de Heráldica el 3 de julio y 23 de agosto de 1995 y la Real Academia de la Historia el 22 de marzo de 1996 proponiendo la modificación de la propuesta. Después de varias reuniones, el 7 de abril de 1997, comunican que el Pleno, en sesión de 14 de marzo de 1997, acordó dos posibles soluciones, pero que dejaban pendiente la aprobación difinitiva para estudiar más posibilidades. Los Asesores de Heráldica el 9 de marzo de 2001 informan favorablemente las dos propuestas a excepción del metal de la 2.a que propone sea plata en vez de oro. Se remitió el informe al Ayuntamiento de Fuente el Saz de Jarama para que adoptaran una de las propuestas. Los informes de la Real Academia de la Historia y de los Asesores de Heráldica fueron solicitados el 28 de mayo de 1993. El Ayuntamiento de Fuente el Saz de Jarama inició nuevamente expediente para la adopción de Escudo Heráldico y Bandera Municipal, conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y el Decreto de la Comunidad Autónoma de Madrid 30/1987, de 9 de abril, por el que se regula el proceso a seguir para la adopción, modificación o rehabilitación de banderas y escudos por los municipios de la Comunidad de Madrid, aprobando el Pleno municipal, en sesión de 25 de octubre de 2001 una de las propuestas ajustadas a los informes de los Asesores Heráldicos y la Real Academia de la Historia. Los Asesores Heráldicos informan favorablemente las dos propuestas el 9 de marzo de 2001. Consta, asimismo, informe favorable de la Dirección General de Relaciones Externas de la Consejería de Presidencia, emitido el 11 de abril de 2002. El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las normas establecidas en el artículo 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y el Decreto 30/1987, de 9 de abril. En su virtud, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administraciones Públicas, de conformidad con el artículo 1.3 del Decreto 30/1987, de 9 de abril, el artículo 41.1) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 9 del Decreto 68/2002, de 25 de abril, por el que se establece la estructura orgánic de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, todo ello en relación con el Real Decreto 3351/1983, de 20 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Administración Local, previa deliberación del Consejo de Gobierno en reunión de fecha 18 de julio de 2002.

Descripcion de la bandera y escudo heraldico Escudo: «De plata, un árbol verde (sauce) sobre ondas de azul y plata. Al timbre Corona Real Española».

Bandera: «De proporciones 2/3. Dividida en diagonal de vértice superior del batiente al inferior del asta. La parte superior azul y llevará el escudo municipal. La parte inferior derecha blanca y llevará bordada la imagen de la Santísima Virgen de la Cigüeñuela, patrona de la Villa».

 
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